En Argentina, los gastos relacionados con la escritura de un inmueble suelen ser compartidos entre el comprador y el vendedor. A continuación, se detallan los gastos que corresponden a cada parte:
Gastos del comprador:
1. Honorarios notariales: Los honorarios del escribano que interviene en la escrituración son responsabilidad del comprador. Estos honorarios pueden variar según el valor del inmueble y la complejidad de la operación.
2. Impuesto de Sellos: Es un impuesto provincial que grava la escritura y otros documentos legales. El comprador es quien debe pagar este impuesto, y su tasa varía según la provincia donde se realice la operación.
3. Certificaciones: El comprador debe cubrir los costos de las certificaciones de firmas y de los documentos que se requieran para la escritura.
4. Informe de dominio: Es un informe que se solicita al Registro de la Propiedad Inmueble para conocer la situación jurídica actual del inmueble. El costo de este informe corre por cuenta del comprador.
5. Cargas y gravámenes: Si existen deudas o gravámenes sobre el inmueble, el comprador deberá hacerse cargo de su cancelación y los gastos asociados.
Honorarios de la inmobiliaria
Gastos del vendedor:
1. Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI): Es un impuesto municipal que grava la venta de inmuebles. El vendedor es quien debe abonar este impuesto.
2. Certificados: El vendedor debe proveer los certificados de inhibición, libre deuda de expensas, entre otros, que se requieran para la operación.
3. Comisión inmobiliaria:
Es importante destacar que la distribución de los gastos puede ser objeto de negociación entre las partes y puede variar según la jurisdicción o las prácticas locales. Es recomendable acordar todos los detalles sobre los gastos antes de firmar el boleto de compra-venta para evitar malentendidos y conflictos futuros. Un profesional del derecho o un escribano pueden asesorar adecuadamente sobre los gastos y obligaciones de cada parte en una transacción inmobiliaria.